Requisitos para Declarar Renta

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Con la publicación del calendario fiscal, a través del Decreto 1680/20, además de las fechas para cumplir con las obligaciones, se ha determinado quiénes no realizarán la declaración del impuesto a las ganancias para el año fiscal 2020:

  • Empleados no sujetos al impuesto sobre las ventas (IVA) cuyos ingresos brutos proceden en un 80%, como mínimo, de pagos por relaciones laborales o legales y reglamentarias, siempre que cumplan todas las condiciones siguientes en relación con el año 2020:

Que el patrimonio bruto en el último día del ejercicio fiscal 2020 no supere las 4.500 UVT ($160.232.000).

Que los ingresos brutos sean inferiores a 1.400 UTS ($49.850.000).

El consumo de las tarjetas de crédito no supera los 1.400 ULT ($49.850.000).

Que el valor total de las compras y el consumo no supere los 1.400 TUV ($49.850.000).

Que el valor total acumulado de los depósitos bancarios, fianzas o inversiones financieras no supere las 1.400 ULT ($49.850.000).

  • Personas físicas y sucesiones no liquidadas que no estén sujetas al IVA, residentes en el país, siempre que cumplan todas las condiciones siguientes :

El patrimonio bruto en el último día del ejercicio fiscal 2020 no supera las 4.500 UVT ($160.232.000).

Que los ingresos brutos del respectivo ejercicio fiscal no sean iguales o superiores a 1.400 VWU ($49.850.000).

Ese consumo de la tarjeta de crédito no supera los 1.400 ULT ($49.850.000).

Que el valor total de las compras y consumos no supere las 1.400 ($49.850.000) UTC.

Que el valor total acumulado de los depósitos bancarios, fianzas o inversiones financieras no supere las 1.400 ULT ($49.850.000).

  • Personas físicas o jurídicas extranjeras, sin residencia o domicilio en el país, cuando todos sus ingresos hayan sido sometidos a la retención prevista en los artículos 407 a 409 de la Ley del Impuesto.
  • Personas físicas o jurídicas pertenecientes al régimen fiscal simple.

¿Cuáles son los topes para declarar renta 2021?

Presentar la declaración de renta en Colombia es una obligación para toda persona que supere el tope salarial establecido por la DIAN. Estos límites máximos de patrimonio bruto, que incluyen la renta del individuo, el gasto con tarjeta, el consumo en general y el valor acumulado de los depósitos bancarios, son los que los contribuyentes tendrán que declarar y pagar el impuesto sobre la renta en 2021.

Para el ejercicio fiscal de 2020 (que se declarará en 2021), Hacienda ha publicado el proyecto de decreto, un documento que establece las fechas y límites provisionales para la declaración del IRPF, que se ha sometido a evaluación hasta el 20 de noviembre. Una vez finalizado el proceso legislativo, se publicará el decreto que corresponda definitivamente a la información de la declaración de la renta de 2021.

De acuerdo con este proyecto de decreto, se establece que el tope para la declaración de renta 2021 es de $49.849.800 (1.400 UVT), es decir, un salario mensual promedio de más de $4.154.150. Además, si sus compras o consumos en el ejercicio fiscal 2020 superaron el límite de $49.849.800 o si su patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2020 es igual o superior a 4.500 UTS ($160.232.500), deberá declarar el impuesto sobre la renta 2021.

¿Quién debe rellenar la declaración de la renta 2021?

Los límites para declarar el impuesto sobre la renta 2021 vienen dados por las leyes que definen quién debe declarar el impuesto, lo que también está recogido en la Ordenanza de 1951 de 2017. Este decreto establece que los trabajadores no sujetos al impuesto sobre las ventas de régimen común, cuyos ingresos brutos provengan al menos en un 80% de un salario pagado por una relación laboral o una relación legal y reglamentaria, así como cualquier persona física y patrimonio liquidado que, al no estar sujeto al impuesto sobre las ventas de régimen común, NO están obligados a declarar sus ingresos.

A partir de ahora, las personas que deben declarar el impuesto sobre la renta 2021 son todas las personas físicas que cumplen las siguientes condiciones :

  • El patrimonio bruto al final del ejercicio fiscal 2020 es igual o superior a 4.500 VWU, es decir, el límite máximo es de $160.231.500.
  • Que los ingresos totales del ejercicio fiscal respectivo sean iguales o superiores a 1.400 UTS, es decir, el límite es de $49.849.800.
  • El consumo de la tarjeta de crédito debe ser igual o superior a 1.400 ULU, es decir, el límite debe ser de $49.849.800.
  • El valor total de las compras y el consumo debe ser igual o superior a 1.400 UTC, es decir, el límite es de $449.849.800.
  • Que el valor total acumulado de los depósitos bancarios, depósitos o inversiones financieras sea igual o superior a 1.400 UTS, es decir, el límite es de $49.849.800.
  • Es importante que los contribuyentes cumplan con sus declaraciones de impuestos para evitar sanciones y cargos adicionales a partir del 5% por cada mes o fracción de mes que se retrase en el pago de los impuestos adeudados, que se sumarán a los intereses de demora por cada pago.

Fechas de pago del impuesto sobre la renta 2021

Este es el calendario fiscal para 2020:

  • Personas físicas: deben cumplir con la obligación de informar y pagar en una sola cuota desde el 10 de agosto hasta el 20 de octubre de 2021. Según las dos últimas cifras del número TIN.
  • Personas jurídicas y otros contribuyentes: deben cumplir con el primer tramo de esta obligación entre el 12 de abril y el 7 de mayo, según los dos últimos dígitos del número de NIT. El otro porcentaje de la deuda tributaria deberá abonarse entre el 9 y el 23 de junio de 2021, teniendo en cuenta la última cifra del IRPF.
  • Grandes contribuyentes: el plazo para el pago del primer plazo será entre el 9 y el 22 de febrero; para el segundo plazo entre el 12 y el 23 de abril, y el tercer plazo deberá abonarse entre el 9 y el 23 de junio de 2021, teniendo en cuenta la última cifra del IRPF.

En resumen, los límites de declaración del impuesto sobre la renta 2021 son de $49.849.800 (1.400 SUVs) al año, tanto por el total de ingresos como por las compras, consumos y depósitos bancarios acumulados al final del ejercicio 2020, por lo que quien tenga un patrimonio bruto igual a este límite está obligado a declarar y pagar el impuesto sobre la renta 2021.

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